14/10/2015. Anualmente, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, convoca el procedimiento para la concesión de este distintivo al que puede optar cualquier entidad o empresa, pública o privada, que ejerza su actividad en territorio español.

Entre los aspectos más relevantes a tener en cuenta para la concesión del distintivo empresarial en material de igualdad se encuentran la participación equilibrada entre mujeres y hombres en los ámbitos de toma de decisión, y el acceso a los puestos de mayor responsabilidad, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los grupos y categorías profesionales, la adopción de planes de igualdad u otras medidas innovadoras de fomento de la igualdad, así como la publicidad no sexista de los productos o servicios de la empresa.

Recientemente se ha publicado en el BOE un Real Decreto para modificar el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa». Con esta publicación se adecúan a la legislación vigente determinados requisitos de participación en las convocatorias, se ajustan criterios de evaluación y se incorpora un nuevo régimen de seguimiento, control y renovación a las entidades distinguidas entre otros.

Puede consultar el detalle de este Real Decreto pinchando aquí