GRUPO DE TRABAJO
ECONOMÍA CIRCULAR Y MEDIO AMBIENTE, CON COGERSA: Gestión ambiental de envases industriales y comerciales
Sostenibilidad y Responsabilidad Social
Sostenibilidad y Responsabilidad Social
Nuestro Grupo de Trabajo de Economía Circular y Medio Ambiente, patrocinado por COGERSA se ha reunido nuevamente para hablar, en esta ocasión, de «Gestión ambiental de envases industriales y comerciales». Ha sido un desayuno de trabajo en el que contamos con las experiencias de Fuensanta, Linpac Packaging y COGERSA en la que han salido a la luz algunas de las principales novedades del Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases publicado en diciembre de 2022, principalmente, la inscripción en el registro de productores, un proceso que obliga a informar de los envases puestos en el mercado español, independientemente del material que sea.
Existe un amplio marco normativo que regula y afecta, en este sentido, al desarrollo de compañías como las participantes en esta sesión: desde la Directiva 2018/852 de Envases y Residuos de Envases, la Directiva 2019/904 de plásticos de un solo uso, la Directiva 2018/851 de Residuos y la Ley 7/2022 de Residuos y suelos contaminados para una Economía Circular, hasta el Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases que, en este momento, está en proceso de tramitación.
El Real Decreto 1055/2022 revisa en profundidad la Ley de Envases, en vigor desde hace más de 20 años, para adaptarse al contexto europeo actual. Su objetivo es prevenir y reducir el impacto de los envases y los residuos de envases en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida. Para ello, se incorporan ciertas obligaciones a los productores y establece una serie de retos, oportunidades y objetivos aspiracionales.
Una de las mayores inquietudes comentadas a lo largo de la sesión está relacionada con el régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP), desarrollado por este real decreto pero ya introducido en la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos contaminados. La principal novedad de esta normativa es la ampliación de la RAP a envases comerciales e industriales, eliminando así la diferenciación por destino del envase que establecía la anterior Ley y ampliando el espectro de organizaciones afectadas, quienes podrán dar cumplimiento a estas nuevas obligaciones a nivel individual (SIRAP) o a través de un Sistema Colectivo (SCRAP).
La publicación de este real decreto es relativamente reciente, por tanto, siguen surgiendo muchas dudas respecto a plazos, a quiénes afecta, qué o cómo extraer la información necesaria para el registro así como qué modalidad de registro (individual o colectivamente) puede ser la más apropiada para cada caso. Interesante sesión en la que además, hemos conocido algunas iniciativas innovadoras en las que están trabajando Fuensanta, Linpac o Cogersa.
Puedes ver las presentaciones utilizadas por cada organización en los siguientes enlaces:
AGENDA
9:30 | Apertura de la reunión y presentación de los asistentes |
9:40 |
Gestión ambiental de envases industriales y comerciales: los casos de Fuensanta y Linpac Packaging |
11:00 | Despedida |
Son la herramienta principal mediante la cual los socios del Club comparten sus retos, intercambian experiencias, aprenden entre sí o diseñan soluciones colaborativas. Además, toda la información compartida en los grupos de trabajo reúne las preocupaciones y retos de los responsables de distintas funciones de la empresa, contribuyendo a generar una información muy útil para el adecuado diseño de actividades y proyectos del Club de Calidad. Puedes ver más información sobre nuestros grupos de trabajo en el siguiente enlace.
El objetivo de los grupos de trabajo es el intercambio de ideas retos y experiencias entre socios del Club de Calidad
Queda expresamente prohibida toda acción comercial y la presentación de productos o servicios por parte de los asistentes.
Las personas que participen en los grupos de trabajo deben ostentar la responsabilidad funcional específica del grupo de trabajo o una responsabilidad superior que integre esa función.
Toda información compartida en los grupos de trabajo es confidencial, salvo que expresamente se acuerde lo contrario. Por tanto, los participantes no podrán divulgar a terceros información obtenida en el marco de su participación en estas actividades, especialmente aquella que pueda ser sensible u ofender o causar algún perjuicio a cualquiera de los participantes y sus organizaciones. El Club queda eximido de cualquier responsabilidad en caso de no cumplimiento.
Se restringirá la participación del empresas proveedoras de servicios en el ámbito del Grupo de Trabajo
Algunos grupos de trabajo pueden establecer asimismo otros requisitos para garantizar la eficiencia de las reuniones, como puede ser la restricción a la participación de ciertos sectores.